Por qué importa el país del alumno
Una web se ve en todo el mundo, así que pronto tendremos alumnos de fuera de España. Para el IVA de los servicios prestados por vía electrónica (como nuestros cursos automatizados), la regla europea es que el impuesto se paga en el país del cliente, no en el del vendedor. Hay tres situaciones muy distintas:
- Particulares de otros países de la Unión Europea.
- Empresas de otros países de la UE.
- Clientes de fuera de la UE.
Particulares de la UE: el umbral de 10.000 €
Para no complicar la vida a los negocios pequeños existe un umbral:
- Si nuestras ventas a particulares de otros países de la UE, sumadas todas, no pasan de 10.000 € al año (sin IVA), podemos aplicar el IVA español (21 %), como si el alumno estuviera en España.
- Si pasamos de 10.000 €, desde la venta que supera el umbral hay que aplicar el IVA del país de cada alumno: el 20 % en Francia, el 19 % en Alemania, el 22 % en Italia… (consultad los tipos vigentes, que cambian). También se puede elegir aplicar el IVA del país del cliente desde el principio.
El umbral es uno solo para toda la UE, no uno por país: 4.000 € en Francia y 7.000 € en Alemania ya suman 11.000 €.
Un alumno de Francia
Este año llevamos 9.500 € vendidos a particulares de otros países de la UE. Una alumna de París compra un curso de 1.000 € sin IVA (un curso caro, para que se vea bien). ¿Qué IVA aplicamos?
Comprobamos el umbral
9.500 € + 1.000 € = 10.500 €: con esta venta superamos los 10.000 €.
Aplicamos el IVA del país
A esta venta y a todas las siguientes del año (y del año siguiente) se les aplica el IVA francés: 1.000 € × 0,20 = 200 €. La alumna paga 1.200 €.
Solución
IVA francés del 20 %: 200 €. Ese IVA no va en nuestro 303, sino en el modelo 369 de la ventanilla única.
La ventanilla única (OSS) y el modelo 369
Darse de alta en Hacienda de cada país sería un infierno. Para evitarlo existe la ventanilla única, conocida por sus siglas en inglés OSS (One-Stop Shop):
- Nos damos de alta una vez, en la Agencia Tributaria española (con el modelo 035).
- Cada trimestre presentamos el modelo 369, con las ventas a particulares de cada país y su IVA, y pagamos el total a Hacienda, que lo reparte entre los países.
- El plazo es hasta el último día del mes siguiente al trimestre (30 de abril, 31 de julio, 31 de octubre y 31 de enero). Si en un trimestre no hay ventas, se presenta igualmente sin importe.
Las ventas declaradas en el 369 no van en el 303. El IVA que soportamos en España (nuestros gastos) se sigue restando en el 303 como siempre.
Probar dónde está el alumno
Para aplicar el IVA de un país hay que poder justificar que el cliente está allí. Las normas europeas piden, en general, dos pruebas que no se contradigan entre: la dirección de facturación, el país del banco o de la tarjeta, la dirección IP de la conexión, el prefijo del teléfono… Las empresas pequeñas (ventas de servicios electrónicos a otros países de la UE hasta 100.000 € al año) pueden bastarse con una prueba. Guardad esas pruebas junto a cada venta: las pasarelas suelen dar el país de la tarjeta y la web puede registrar el país declarado por el alumno.
Empresas de la UE con NIF-IVA
Si el cliente es una empresa de otro país de la UE (por ejemplo, una ingeniería alemana que compra accesos para su plantilla) y tiene NIF-IVA, la regla cambia:
- No cobramos IVA. La factura lleva base, IVA 0 y la mención «Inversión del sujeto pasivo»: el cliente declara el IVA en su país.
- Para poder hacerlo, los dos debemos estar en el ROI (Registro de Operadores Intracomunitarios). Nos damos de alta en él con el modelo 036.
- Hay que comprobar el NIF-IVA del cliente en VIES, el buscador oficial de la Comisión Europea, y guardar el resultado.
- Estas ventas se declaran en el 303 (como operaciones no sujetas) y en el 349, la declaración de operaciones intracomunitarias.
Clientes de fuera de la UE
Los servicios electrónicos a clientes de fuera de la UE normalmente no llevan IVA español. Pero cuidado: muchos países (Reino Unido, Noruega, Suiza, Canadá, Australia, varios estados de Estados Unidos…) exigen a los vendedores extranjeros registrarse y cobrar su impuesto local, a veces desde la primera venta y a veces a partir de un umbral. Si las ventas fuera de la UE empiezan a ser importantes, revisadlo país por país en la web oficial de impuestos de cada uno y, si la venta es grande, plantead una consulta puntual a un asesor fiscal.
Los comerciantes registrados
Todo esto es trabajo. Existe una alternativa: los comerciantes registrados (en inglés, merchant of record). Son plataformas como Paddle o Lemon Squeezy que venden el curso en su nombre al alumno y luego nos pagan a nosotros:
- Ellos cobran el IVA o el impuesto de cada país, lo declaran y lo pagan, en la UE y fuera.
- Emiten la factura al alumno.
- Nosotros solo emitimos una factura al mes, a la plataforma, por lo que nos ha liquidado.
A cambio, su comisión es bastante mayor que la de una pasarela: del orden del 5 % más unos céntimos por venta, frente a en torno al 1,5 % de una pasarela con tarjeta europea. Consultad sus páginas de precios.